Senadores aprueban ley orgánica que reduce a 40 generales FFAA


Santo Domingo, República Dominicana.- El Senado aprobó este jueves en segunda lectura el proyecto que modifica crea la Ley Orgánico de las Fuerzas Armadas, que reduce 300 a 40 generales en los cuerpos castrenses, y cambia el nombre del Ejército Nacional por Ejército Dominicana, y a la Marina de Guerra por Armada Dominicana. La normativa también contempla reducir a 20 los miembros en el Ejército, 10 en la Marina y 10 en la Fuerza Aérea Dominicana.

El proyecto de Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas fue aprobado el martes pasado tras el hemiciclo recibir el informe favorable de la Comisión Bicameral que presidió el senador Carlos Castillo de la provincia de San José de Ocoa, Carlos Castillo.

El proyecto, pese a los cambios, establece el titular de las FFAA será el ministro, y crea un nuevo puesto, el de “Comandante General Conjunto de las Fuerzas Armadas”, quien será el número dos al mando, por encima de los viceministros que representan las tres instituciones actualmente.

La pieza indica que el ministro, su retiro es obligatorio a los dos años, así como los ascensos y retiros serán los 27 de febrero de cada año, y regulará los requisitos para ser asimilados o contratados por la FFAA.

La legislación derogará y sustituirá la ley 873 del 31 de julio del 1978 y toda otra disposición legal o reglamentaria que le sea contraria.

Expresa que esta ley tiene como objeto establecer la estructura, organización y funcionamiento de los órganos e instituciones que conforman las FFAA, además del accionar de sus miembros y las bases de la carrera militar.

El proyecto eliminará en los Estados Mayores el nombre de “Jefes” y en lo adelante se denominarán comandantes.

El proyecto pasará ahora a la Cámara de Diputados, anota que el ministro de las FFAA sólo tendrá una duración en el cargo por dos años, y su retiro será obligatorio, y aclara que podrá ser confirmado otros dos años mediante decreto del Presidente de la República.

El rango de general sólo será por diez años y desde entonces su retiro es obligatorio, a menos que al cumplirlo esté ocupando una posición de mando. Igual sucederá para los rangos de coroneles o capitanes de navío.

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